Martha For Real

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Bienes raíces en el Sur de Florida · Clientes internacionales

Su propiedad en Florida, con alguien de verdad a su lado.

Soy Martha Guerra, Realtor®. Ayudo a compradores de Venezuela, Colombia, España y toda Latinoamérica a invertir en Miami-Dade, Broward y Palm Beach, y a los propietarios extranjeros que ya tienen propiedad aquí a vender, alquilar o reestructurar con claridad sobre FIRPTA, impuestos, banca, título y corporaciones.

  • Miami-Dade · Broward · Palm Beach
  • Español / English
  • Compradores y vendedores extranjeros
  • Cierres a distancia
Martha Guerra, Realtor® bilingüe en el Sur de Florida, especialista en compradores y vendedores extranjeros
Martha Guerra Realtor® · Sur de Florida

Clientes de

Venezuela Colombia España México Argentina Perú Chile Ecuador Rep. Dominicana Panamá y toda Latinoamérica
Respuesta directa

¿Puede un extranjero comprar propiedad en Florida?

Sí. Un extranjero puede comprar propiedad en Florida sin visa, residencia ni número de Seguro Social. Solo necesita pasaporte vigente y prueba del origen de los fondos. Puede pagar de contado o con un préstamo para extranjeros, normalmente con 30% a 40% de inicial. Al vender, aplica FIRPTA: una retención federal de hasta 15% del precio de venta.

Dos caminos, un mismo acompañamiento

¿Viene a comprar, o ya tiene propiedad en Florida?

La mayoría de las páginas solo le hablan al comprador. Pero muchos de mis clientes ya son dueños aquí desde hace años y necesitan vender, alquilar o planificar sin sorpresas con el IRS.

Compradores

Invierta en Florida desde su país

Condominios, casas y preconstrucción en Miami-Dade, Broward y Palm Beach, con un plan claro desde la primera llamada.

  • Préstamos para extranjeros y DSCR basados en la renta del inmueble
  • Revisión de la asociación (HOA): reservas, inspecciones y cuotas especiales
  • Cómo titular: a su nombre, LLC o corporación, con su CPA y abogado
  • Cierre a distancia con poder, apostilla y firma remota
Quiero comprar
Propietarios extranjeros

Venda o alquile lo que ya tiene aquí

Si usted vive fuera de EE. UU. y es dueño en Florida, su venta tiene reglas propias. Las preparamos antes de publicar.

  • FIRPTA: estimado de retención y solicitud de reducción (Formulario 8288-B)
  • ITIN y declaración 1040-NR para recuperar lo retenido de más
  • Renta: retención de 30% o elección de tributar sobre la renta neta
  • Precio, preparación y mercadeo bilingüe para compradores locales y extranjeros
Quiero vender
15%

Retención FIRPTA estándar sobre el precio bruto cuando vende un extranjero

$60K

Exención del impuesto federal de herencia para no residentes, frente a millones para residentes

0%

Impuesto estatal sobre la renta personal en Florida

20 días

Plazo del agente de cierre para enviar la retención FIRPTA al IRS

Fuentes: IRS (FIRPTA, Sección 1445; Formularios 8288 y 8288-B), Código de Rentas Internas para el impuesto de herencia de no residentes.

Las cuatro preguntas que todos hacen

Banca, impuestos, título y corporaciones

No soy su abogada ni su contadora, pero sé qué preguntar, a quién llamar y en qué momento. Esto es lo que revisamos juntos.

Banca

  • Cuenta bancaria en EE. UU.: casi siempre requiere presencia física y pasaporte
  • Préstamos para extranjeros: 30% a 40% de inicial es lo habitual
  • Cartas de referencia bancaria y estados de cuenta de su país
  • Transferencias internacionales: planificar tiempos y tipo de cambio

Impuestos

  • FIRPTA al vender: hasta 15% retenido en el cierre
  • Renta: 30% sobre el bruto, salvo elección de base neta con 1040-NR
  • Impuesto a la propiedad anual y tope de 10% de avalúo para no homestead
  • Herencia: exención de solo $60,000 para no residentes

Título

  • Búsqueda de título: gravámenes, deudas y permisos abiertos
  • Póliza de título del propietario: su protección de por vida
  • Afidávit SB 264 y reportes FinCEN cuando aplican
  • Fraude de transferencias: confirme instrucciones por teléfono

Corporaciones

  • LLC de Florida: se registra en Sunbiz en días
  • Corporación extranjera: posible planificación de herencia
  • Compras de contado a nombre de entidades: reporte FinCEN desde 2026
  • Siempre con su CPA y abogado antes de firmar
Para vendedores extranjeros

FIRPTA, explicado sin rodeos

FIRPTA (Foreign Investment in Real Property Tax Act) obliga al comprador, a través del agente de cierre, a retener un porcentaje del precio de venta cuando el vendedor es una persona extranjera, y a enviarlo al IRS dentro de 20 días. No es el impuesto final: es un anticipo. La ganancia real se calcula en su declaración 1040-NR y el exceso se reembolsa.

Precio de ventaUso del compradorRetención
Hasta $300,000Residencia del comprador0%
$300,001 a $1,000,000Residencia del comprador10%
Más de $1,000,000Cualquier uso15%
Cualquier precioInversión o renta15%

Cómo reducirla: si su ganancia real es menor que la retención, su CPA puede presentar el Formulario 8288-B (certificado de retención) antes del cierre. Necesitará un ITIN. Empezar temprano es la diferencia entre esperar meses por un reembolso o recibir su dinero al cerrar.

Calculadora de retención FIRPTA

Un estimado rápido para vendedores extranjeros. Su CPA confirma el número final.

Retención estimada $0 Ingrese un precio para calcular.
Estimado según las tasas de la Sección 1445 del IRS. Existen excepciones y certificados de reducción. No es asesoría fiscal; confirme con un CPA con experiencia en FIRPTA.

Datos clave en 30 segundos

  • Los extranjeros pueden comprar propiedad en Florida sin visa ni residencia; basta el pasaporte.
  • Al vender, FIRPTA retiene hasta 15% del precio bruto; puede reducirse con el Formulario 8288-B.
  • Florida no cobra impuesto estatal sobre la renta personal, pero sí impuesto anual a la propiedad.
  • Los no residentes solo tienen $60,000 de exención del impuesto federal de herencia; la forma de titular importa.
  • Desde el 1 de marzo de 2026, las compras de contado a nombre de LLC, corporaciones o fideicomisos se reportan a FinCEN.
¿A nombre de quién compro?

Persona natural, LLC de Florida o corporación extranjera

No hay una respuesta única. Esta tabla le sirve para llegar preparado a la reunión con su CPA y su abogado.

CriterioA su nombreLLC de FloridaCorporación extranjera
Complejidad y costoBajoMedio (registro anual en Sunbiz)Alto (varias jurisdicciones)
FinanciamientoPréstamos para extranjeros disponiblesPosible con DSCR; suelen pedir garantía personalLimitado; casi siempre de contado
FIRPTA al vender el inmuebleAplicaAplica si el único dueño es extranjeroAplica
Exposición al impuesto de herencia de EE. UU.Alta ($60,000 de exención)Generalmente igual que a su nombrePuede reducirse si está bien estructurada
Privacidad en registros públicosSu nombre es públicoAparece la LLC y sus gerentesMayor privacidad
Reporte FinCEN en compra de contadoNo aplicaSí, desde marzo de 2026Sí, desde marzo de 2026

Orientación general. La estructura correcta depende de su país de residencia, tratados fiscales y planes de herencia. Decida con un CPA y un abogado con licencia en Florida.

Cómo trabajamos

Un proceso claro, desde cualquier país

Videollamadas, documentos digitales y un equipo de confianza (prestamistas, título, CPA y abogados) coordinado desde aquí.

Si va a comprar

  1. Consulta por WhatsApp o ZoomObjetivos, presupuesto, uso personal o renta.
  2. Financiamiento y estructuraPrecalificación como extranjero y conversación con su CPA.
  3. Búsqueda y visitasEn persona o por video en vivo, con análisis de la asociación.
  4. Oferta y debida diligenciaInspección, HOA, seguro y título.
  5. Cierre a distanciaFirma remota, apostilla o poder notarial.
  6. Después del cierreAdministración, renta y servicios públicos.

Si ya es propietario y va a vender

  1. Valoración y estrategiaAnálisis de mercado y costos netos reales.
  2. Plan FIRPTAEstimado de retención, ITIN y posible Formulario 8288-B.
  3. Preparación y mercadeoFotos, video y difusión en inglés y español.
  4. NegociaciónOfertas, inspecciones y fechas que funcionen desde el exterior.
  5. Cierre y reembolsoEnvío seguro de fondos y seguimiento con su CPA para la 1040-NR.
Pregunta por voz

“Oye, si vivo en Venezuela y vendo mi apartamento en Miami, ¿cuánto me retienen?”

Por lo general, el 15% del precio de venta por FIRPTA, retenido en el cierre y enviado al IRS. Si su ganancia real es menor, su CPA puede pedir una reducción con el Formulario 8288-B antes de cerrar, o recuperar el exceso al presentar su declaración 1040-NR.

Actualizaciones regulatorias

Lo que cambió y lo que debe saber en 2026

Federal · FinCEN

Compras de contado a nombre de entidades

Desde el 1 de marzo de 2026, la regla de bienes raíces residenciales de FinCEN exige reportar las compras sin financiamiento a nombre de LLC, corporaciones o fideicomisos, incluyendo a los beneficiarios finales. El reporte lo presenta la compañía de título o el agente de cierre. Tenga lista la documentación de los dueños de su entidad.

Florida · SB 264

Restricciones por país de origen

La ley de Florida SB 264 limita la compra de terrenos agrícolas y de propiedades cercanas a instalaciones militares o infraestructura crítica por parte de ciertas personas domiciliadas en “países de interés”, lista que menciona al régimen de Venezuela. Todo comprador firma un afidávit al cerrar. Si usted es venezolano, lo revisamos con un abogado desde el inicio.

Preguntas frecuentes

Lo que más me preguntan mis clientes internacionales

¿Puedo comprar una propiedad en Florida sin ser residente ni ciudadano?

Sí. Para comprar solo necesita un pasaporte vigente y documentar el origen de sus fondos. No necesita visa, residencia ni número de Seguro Social. La excepción son ciertas personas de los países listados en la ley SB 264 de Florida, que tienen restricciones cerca de bases militares, infraestructura crítica y terrenos agrícolas.

¿Qué es FIRPTA y cuánto me retienen cuando vendo?

FIRPTA es la ley federal que obliga a retener hasta el 15% del precio bruto de venta cuando el vendedor es extranjero. El agente de cierre envía ese dinero al IRS dentro de 20 días. No es el impuesto final: su CPA declara la ganancia real con el Formulario 1040-NR y el IRS devuelve el exceso. Con el Formulario 8288-B se puede pedir una retención menor antes del cierre.

¿Necesito un ITIN para comprar o vender?

Para comprar, no. Para vender, alquilar o recuperar la retención FIRPTA, sí lo va a necesitar. El ITIN (número de identificación del contribuyente) se solicita con el Formulario W-7. Recomiendo tramitarlo apenas decida vender, porque el proceso puede tardar varias semanas.

¿Puedo obtener una hipoteca como extranjero?

Sí. Existen préstamos para extranjeros (foreign national loans) que normalmente piden entre 30% y 40% de inicial, pasaporte, referencias bancarias y reservas en efectivo. Para propiedades de inversión, los préstamos DSCR califican según la renta que genera el inmueble, no según sus ingresos personales. Algunos condominios no califican para financiamiento, así que lo revisamos antes de ofertar.

¿Me conviene comprar a mi nombre, con una LLC o con una corporación?

Depende de su país de residencia, sus planes de herencia y si va a financiar. A su nombre es lo más sencillo, pero los no residentes solo tienen $60,000 de exención del impuesto federal de herencia. Una estructura corporativa puede reducir esa exposición, aunque tiene costos y, si compra de contado, genera un reporte a FinCEN. Tome esta decisión con un CPA y un abogado antes de firmar el contrato.

¿Cómo pago impuestos sobre la renta si vivo fuera de Estados Unidos?

Por defecto, se retiene el 30% de la renta bruta. Casi siempre conviene elegir tributar sobre la renta neta (después de gastos y depreciación) presentando el Formulario 1040-NR cada año. Florida no cobra impuesto estatal sobre la renta personal, pero los alquileres de seis meses o menos pagan impuesto de ventas estatal y el impuesto turístico del condado.

¿Qué es el seguro de título y quién lo paga?

La póliza de título del propietario lo protege contra gravámenes ocultos, errores en registros o falsificaciones anteriores a su compra, y dura mientras sea dueño. En Miami-Dade y Broward es común que la pague el comprador; en Palm Beach suele pagarla el vendedor. Todo es negociable en el contrato. Nunca envíe dinero por instrucciones recibidas solo por correo: confirme siempre por teléfono con la compañía de título.

¿Puedo cerrar sin viajar a Florida?

Sí. Muchas de mis operaciones cierran a distancia. Puede firmar por notarización remota en línea, ante un consulado de EE. UU. o con un poder notarial apostillado, según lo que acepten el prestamista y la compañía de título. Lo coordinamos con anticipación para que las fechas de su país y las del contrato coincidan.

Hablemos

Una conversación clara, en su idioma.

Cuénteme desde dónde me escribe y qué necesita. Le respondo personalmente por WhatsApp, sin compromiso.

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Llamar: (954) 401-7072

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La información de esta página es de carácter general y educativo. No constituye asesoría legal, fiscal ni financiera. Las leyes y tasas pueden cambiar; consulte con un abogado con licencia en Florida y un CPA antes de tomar decisiones. Igualdad de oportunidades en la vivienda.